Si bien algunas actividades económicas se están activando, el servicio de transporte interprovincial de pasajeros continúa prohibido durante el estado de emergencia nacional por el coronavirus, informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Sin embargo, el MTC precisó que “solo se autoriza a los transportistas que brindan el servicio interprovincial, turístico y escolar realizar el transporte especial a trabajadores de empresas (públicas y privadas) de un departamento a otro y dentro del mismo”.
Pero para acogerse al régimen excepcional, los transportistas deben presentar ante la municipalidad provincial, gobierno regional o MTC, según corresponda; un documento informando su voluntad de acogerse a dicho régimen y cumplir los estrictos protocolos para evitar la propagación de la CVOID-19.
Asimismo, señaló que podrán prestar este servicio los vehículos habilitados de las categorías M2 y M3 (unidad que tiene más de ocho asientos), hasta que se levante la suspensión de estos servicios de transporte de manera oficial.
Las autoridades competentes de transporte (Sutran, los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao) fiscalizan el citado servicio de trabajadores en el ámbito de sus competencias. Conforme lo precisa el Decreto Supremo N°101-2020- PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano.
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